Según el ICAC, el bono del Kit Digital es un derecho de cobro que nace con la resolución de concesión y se contabiliza como subvención no reintegrable cuando se cumplen las condiciones y no hay dudas razonables de que se va a recibir. La imputación a resultados depende de para qué se use: gasto o inversión. Es el criterio de la consulta 3 del BOICAC 138, de junio de 2024.

Casi todo lo que circula sobre este tema son asientos de blogs de software de facturación que no coinciden entre sí. Aquí va lo que dice el ICAC y dónde empieza lo que es práctica profesional. No somos asesores contables: usa esta guía para entender el criterio y para saber qué pedirle a tu agente antes de hablar con tu gestor.
Tabla de contenidos
Qué dice el ICAC sobre el bono del Kit Digital
La consulta 3 del BOICAC 138 es la única respuesta oficial en materia contable, y es corta.
Remite a la norma de registro y valoración 18.ª del Plan General de Contabilidad y a la disposición adicional única de la Orden EHA/733/2010. Del texto se desprende que el bono no es un cobro inmediato: es un derecho que se hace efectivo cuando el agente presenta la cuenta justificativa y el órgano concedente la da por justificada. El ICAC no da asientos concretos ni trata el IVA ni lo que ocurre si se incumplen las condiciones.
Cuándo se reconoce la ayuda
No cuando la cobras, sino cuando se cumplen tres condiciones.
- Existe un acuerdo individualizado de concesión, que aquí es la resolución de Red.es.
- Se han cumplido las condiciones establecidas para su concesión.
- No hay dudas razonables sobre que se va a recibir.
En ese momento se registra como subvención no reintegrable, en el ejercicio en que se den esas circunstancias. Hasta que se cumplen las condiciones, se trata como reintegrable. Por eso el momento exacto depende de cómo vaya tu expediente y de la fase de la justificación del Kit Digital.
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Cómo se lleva a resultados: gasto o activo
La imputación depende de qué financia el bono.
| Si el bono financia… | Se imputa a resultados… |
|---|---|
| Un gasto específico, como un servicio de mantenimiento o de posicionamiento | En el mismo ejercicio en que se devenga ese gasto |
| Un activo, como una web que se activa o un equipo | En proporción a su amortización, deterioro o baja |
Las cuentas concretas (grupo 13 para subvenciones de capital, grupo 74 para las de explotación, entre otras) son práctica profesional que varía según la empresa. Un ejemplo de asientos lo recogen los colegios de economistas, pero tu asesor es quien decide cuál aplicar a tu caso.
Qué debe darte el agente para que tu gestor pueda contabilizarlo
Un buen asiento empieza por un buen papel: lo que reciba tu gestor de cada parte decide cuánto tarda en cuadrarlo.
- La resolución de concesión con su importe y fecha.
- El acuerdo de prestación firmado.
- La factura única del agente con el importe subvencionado indicado.
- Los justificantes de pago de la parte que corre por tu cuenta.
- La aceptación de la justificación por parte de Red.es, cuando llegue.
Además, las bases exigen llevar un código contable diferenciado y conservar la documentación cuatro años; está en obligaciones de los beneficiarios.
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Dudas habituales sobre la contabilidad del Kit Digital
Las que más se repiten cuando se lo pasas a tu gestor.
¿Cómo se contabiliza el Kit Digital?
El ICAC ha emitido criterio sobre las subvenciones de este tipo: se reconocen cuando se cumplen las condiciones para su concesión y se llevan a resultados en función del gasto que financian. La clasificación concreta, como gasto o activo, depende del tipo de solución. Confírmalo con tu asesor.
¿Se deduce el IVA de la factura del agente?
No puedo afirmarlo en general, porque depende de tu régimen de IVA y de cómo se haya facturado. No lo he verificado en fuente oficial, así que lo dejo a criterio de tu asesor fiscal.
¿Cómo tributa la ayuda?
Tampoco puedo afirmarlo con carácter general. Depende de si eres persona física o sociedad y de cómo se impute. Consulta con tu gestor o asesor fiscal antes de tomar decisiones basadas en el tratamiento fiscal.
¿Qué debe darme el agente para que mi gestor contabilice?
El acuerdo de prestación, la factura con la referencia al acuerdo y la cuantía subvencionada, los justificantes de pago y la documentación de cada fase. Con eso el gestor puede reflejar el gasto y la ayuda.
¿Qué es el código contable diferenciado?
Una forma de identificar en tu contabilidad las operaciones del bono, de modo que se puedan separar del resto. Las bases lo exigen y la documentación debe conservarse cuatro años. Cada gestor lo implementa a su manera, por ejemplo con una subcuenta específica.

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